Mediación civil y mercantil
La mediación civil y mercantil es un proceso de gestión y resolución de conflictos derivados de las relaciones civiles y mercantiles que abarca un amplio espectro como comunidades de propietarios, obligaciones y contratos (arrendamientos, compraventas, préstamos, seguros, reclamaciones de cantidad,…), derecho sucesorio (herencias, testamentos, …), derecho societario (relaciones mercantiles entre empresas, entre socios, empresas familiares,…), mediación hipotecaria, conflictos de servidumbres, derechos reales, responsabilidad por daños y perjuicios, indemnizaciones, etc.
La mediación civil y mercantil constituye una ventajosa alternativa a la vía judicial por su flexibilidad y confidencialidad, con una importante disminución del coste emocional, temporal y económico, propiciando con el diálogo, el restablecimiento de las relaciones contractuales, mercantiles, vecinales,… cuando sea más beneficioso para las partes.
Los acuerdos alcanzados por las partes, y aprobados judicialmente, tienen la misma validez que una sentencia.
Se regula en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación de asuntos civiles y mercantiles, que da cumplimiento a la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo de 21 junio de 2008.